Medidas urgentes y provisionales

Cuando aparecen hechos graves provocados por uno de los cónyuges activamos mecanismos judiciales para proteger a la familia, promoviendo medidas urgentes o provisionales hasta que se establezcan medidas definitivas.

Las medidas urgentes y provisionales son aquellas que se pueden solicitar durante el proceso judicial para proteger los derechos e intereses de las partes involucradas hasta que se dicte la sentencia definitiva. Estas medidas pueden ser solicitadas en diferentes ámbitos, incluyendo el ámbito familiar.

Algunas de las medidas urgentes y provisionales que se pueden solicitar en un proceso de divorcio o separación son las siguientes:

  • Medidas relativas a la guarda y custodia provisional de los hijos menores de edad.
  • Medidas relativas a la atribución de la vivienda familiar y su uso provisional.
  • Medidas relativas al pago de pensiones alimenticias provisionales para los hijos menores de edad.
  • Medidas relativas al pago de gastos extraordinarios de los hijos menores de edad.
  • Medidas relativas al régimen de visitas y comunicaciones entre los progenitores y los hijos menores de edad.

Es importante destacar que estas medidas tienen un carácter provisional, es decir, se establecen de manera temporal hasta que se dicte la sentencia definitiva en el proceso judicial. Además, estas medidas pueden ser modificadas en función de las pruebas que se presenten a lo largo del proceso y de las circunstancias que vayan surgiendo.

En cualquier caso, para solicitar estas medidas urgentes y provisionales es necesario presentar una demanda o una solicitud en el Juzgado correspondiente, que será quien determine su procedencia y alcance.

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