El impago de la pensión de alimentos es un tema delicado y una de las disputas más comunes en parejas separadas o divorciadas. En este artículo, abordaremos las preguntas frecuentes relacionadas con este tema y las acciones legales que se pueden tomar para solucionarlo.
Si tu ex-pareja ha dejado de abonar la pensión de alimentos o te preguntas qué sucede si dejas de pagarla, te invitamos a seguir leyendo.
El delito de impago de la pensión de alimentos: No pagar la pensión de alimentos constituye un delito penal. Según el Artículo 227 del Código Penal, si la persona no paga la pensión durante 2 meses consecutivos o 4 no consecutivos, se puede presentar una denuncia por abandono de familia. La pena puede ser de prisión de 3 meses a 1 año o multa de 6 a 24 meses, y además, quedan antecedentes penales.
Acciones legales para reclamar el pago de la pensión: Si la persona encargada de realizar el pago no cumple con su obligación, existen dos vías para reclamarlo:
- Por vía civil: Se interpone una demanda de ejecución de sentencia detallando las cantidades adeudadas. En el Juzgado, se procede al embargo de bienes, saldos en cuentas corrientes y nóminas del deudor para cobrar la deuda. Este proceso es ágil y rápido, aunque requiere la asistencia de un abogado y un procurador.
- Por vía penal: Se presenta una denuncia ante el Juzgado o la Comisaría de Policía. Esta opción se suele utilizar cuando la falta de pago no se debe a la incapacidad económica del deudor, sino a su negativa. En algunos casos, se recurre a esta vía después de haber presentado una demanda civil sin éxito. Cabe destacar que el proceso penal puede ser más largo para recuperar el dinero correspondiente a la pensión.