Aumentan las sanciones y la labor de inspección de la Agencia Estatal de Protección de Datos (AEPD)

Cada año la Agencia Estatal de Protección de Datos (AEPD) aumenta considerablemente las sanciones convirtiéndose en el líder de sanciones a nivel europeo y probablemente este «liderazgo» continue no solo dirigiendose a grandes corporaciones, sino también a pequeñas y medianas empresas.

De hecho, un reciente ejemplo es la sanción que interpuso la AEPD a una empresa que recibía los currículums sin dar un «acuse de recibo» en el cual recibidos los documentos no se informaba a los aspirantes de sus derechos de privacidad tal y como establece la normativa.

La ley de Protección de Datos establece como ‘dato personal’ «toda información sobre una persona física identificada o identificable» es decir, nombre, dirección, DNI… y ‘tratamiento’ «cualquier operación o conjunto de operaciones realizadas sobre datos personales» como es en este caso la recogida realizada de los datos personales, el registro o su utilización, entre otras.

Por lo tanto, el hecho de recibir currículums supone un tratamiento de datos personales, y los responsables (los empresarios que recogen dichos currículums) están obligados a facilitar la acción de derechos a los propietarios.

La pregunta es, ante el aumento de sanciones que esta llevando a cabo la AEPD, ¿podemos proteger nuestra empresa?

La respuesta es afirmativa, se pueden evitar, para ello el conocimiento de la normativa de protección de datos es fundamental.

Por ello, lo más aconsejable es contar con expertos en la materia que nos asesoren y nos protejan mediante la adaptación de la empresa a la normativa en aras a evitar posibles inspecciones y sanciones.

Alberto Berbegal Fernández, Abogado y Delegado de Protección de Datos.

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